lunes, 17 de septiembre de 2012

POST DE FACEBOOK LEY UCC -1-308 -1-103-


Éste es el post que anda circulando hace un par de semanas en Facebook:
A cualquier persona o institución o agente o agencia de cualquier estructura gubernamental, incluyendo, pero no limitado al Gobierno Federal de los Estados Unidos, usando o monitoreando este sitio o cualquiera de sus sitios asociados, no tiene mi permiso para usar mi información de perfil, o cualquier parte de los contenidos que figuran en el pr esente, incluyendo, pero no limitado a Mis fotos, o los comentarios sobre mis fotos o cualquier otra “imagen” del arte publicado en mi perfil.
Se le notifica aquí que tienen estrictamente prohibido divulgar, copiar, distribuir, difundir o tomar cualquier otra acción contra mí con este perfil y el contenido del mismo. Las prohibiciones anteriores también se aplican a sus empleados, becarios, agentes o cualquier personal bajo su dirección o control.
El contenido de este perfil es información privadal. La violación de mi intimidad es penada por la ley. UCC -1-308 -1-103-.
El blog Periodistas Hoy de España sugiere:
1.- Acostúmbrate a leer la letra pequeña de cada sitio en el que te registras.
2.- Revisa la configuración de tu cuenta de Facebook de forma periódica.
3.- No publiques directamente en Facebook lo que no quieras que se divulgue; coloca los filtros de privacidad.
4.- Lee y/o sigue a medios o personas expertos en cuestiones legales aplicadas a las redes sociales para entender los términos de los contratos de las redes sociales.


Pero bueno, aunque el post no te exente de que alguien haga uso indebido de tu información “privada”, Facebook sí te permite reportar a esas personas. Y sí, solo sancionará correspondientemente a alguien, pero no impedirá la circulación de dicha información por las redes.
O sea, si tienes contenidos públicos, nada se puede hacer, cualquiera puede usar tus fotos… Entonces mejor bloquea tu perfil.
En el mensaje que la gente ha pegado en sus perfiles, hace alusión a la ley UCC para protegerse, pero ésta solo sirve en Estados Unidos, además de enfocarse solamente en litigios comerciales, pero bueno…



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